Cómo darse de alta como autónomo paso a paso
Guía clara para darte de alta como autónomo en España: alta en Hacienda (modelo 036), alta en la Seguridad Social (RETA), la cuota y la tarifa plana.
Darte de alta como autónomo en España consiste, básicamente, en dos trámites: comunicar a Hacienda que vas a empezar una actividad económica y darte de alta en la Seguridad Social (en el régimen de autónomos, el RETA). Suena más complicado de lo que es. Aquí lo desglosamos paso a paso.
En resumen: primero te das de alta en Hacienda con el modelo 036 (declaración censal) y después en la Seguridad Social (RETA). Ambos trámites son gratuitos y se pueden hacer por internet.
¿Cuándo tengo que darme de alta?
La regla de oro: antes de empezar a facturar o a ejercer la actividad. No esperes a tener tu primer cliente.
- En Hacienda debes presentar la declaración de alta antes de iniciar la actividad.
- En la Seguridad Social puedes tramitar el alta hasta 60 días naturales antes del inicio, pero el alta nunca puede ser posterior al día en que empiezas a trabajar.
Darte de alta solo cuando ya tienes ingresos, o “facturar sin estar dado de alta”, puede acarrear sanciones y la reclamación de cuotas atrasadas.
Antes de empezar: el certificado digital
Casi todo se hace online y te lo pedirán una y otra vez. Hazte con uno de estos métodos de identificación antes de empezar:
- Certificado digital de la FNMT (gratuito).
- Cl@ve (Cl@ve PIN o Cl@ve permanente).
- DNI electrónico con lector.
Con cualquiera de ellos podrás operar tanto con la Agencia Tributaria como con la Seguridad Social.
Paso 1. Elige tu epígrafe (IAE)
El IAE (Impuesto de Actividades Económicas) clasifica las actividades en epígrafes. Necesitas identificar el que mejor describe lo que vas a hacer (puedes darte de alta en varios).
- La mayoría de autónomos no paga el IAE, porque están exentos mientras su cifra de negocio sea inferior a 1 millón de euros. Pero sí tienes que declarar el epígrafe.
- Distingue entre actividad empresarial (sección 1ª) y profesional (sección 2ª): el tipo de actividad influye en las retenciones de tus facturas.
Si dudas entre dos epígrafes, elige el que más se ajuste y consúltalo: cambiarlo después es un trámite sencillo.
Paso 2. Alta en Hacienda con el modelo 036
El modelo 036 es la declaración censal. Con él comunicas a la Agencia Tributaria:
- Tus datos y tu domicilio fiscal.
- El epígrafe o epígrafes del IAE.
- A qué impuestos quedas obligado: IVA e IRPF (con sus pagos fraccionados y retenciones).
- La fecha de inicio de la actividad.
Se presenta en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria con tu certificado o Cl@ve. Es gratuito.
Sobre el modelo 037: durante años existió una versión simplificada (el modelo 037) para casos sencillos. Hoy está en desuso: utiliza directamente el modelo 036.
Paso 3. Alta en la Seguridad Social (RETA)
Una vez en Hacienda, te das de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Se hace en el portal Import@ss de la Seguridad Social (
importass.seg-social.gob.es), con certificado, Cl@ve o DNIe. - Necesitarás indicar la actividad, la fecha de inicio y una base de cotización acorde a tus ingresos previstos (ver el paso siguiente).
- El alta en el RETA es obligatoria aunque la actividad sea a tiempo parcial o la compagines con otro trabajo (pluriactividad).
Paso 4. La cuota de autónomos y la tarifa plana
Desde 2023 las cuotas se calculan según un sistema de cotización por ingresos reales: cotizas en función de tus rendimientos netos (ingresos menos gastos), organizados en tramos. A mayor rendimiento previsto, mayor cuota.
- A lo largo del año puedes ajustar tu base si ves que tus ingresos van a ser distintos de lo previsto.
- Al final del ejercicio se regulariza: si cotizaste de más, te devuelven; si de menos, pagas la diferencia.
Tarifa plana (cuota reducida para nuevos autónomos): quienes se dan de alta por primera vez (o no han sido autónomos en los años anteriores) suelen tener derecho a una cuota reducida durante los 12 primeros meses, ampliable a otros 12 si sus rendimientos quedan por debajo del salario mínimo.
Los importes exactos de la cuota reducida y de los tramos cambian cada año. Antes de darte de alta, consulta las cifras vigentes y usa el simulador de cuota de Import@ss para tu caso concreto.
Paso 5. Otros trámites según tu actividad
No todos aplican, pero conviene tenerlos en el radar:
- Cuenta bancaria (recomendable una separada para el negocio, aunque no sea obligatoria).
- Licencias o registros específicos según el sector (por ejemplo, sanitario, alimentación o ciertas actividades reguladas).
- Alta en el censo de empresarios si vas a contratar trabajadores.
- Protección de datos y, en su caso, registro de la marca.
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Errores frecuentes al darse de alta
- Empezar a facturar antes del alta. Primero el alta, luego la actividad.
- Confundir el epígrafe o no declarar todos los que usas.
- No revisar la base de cotización: una base muy baja reduce tu cuota hoy, pero también tus futuras prestaciones (baja, jubilación).
- Olvidar los plazos trimestrales de IVA e IRPF que arrancan tras el alta. Apunta en el calendario abril, julio, octubre y enero.
Tu checklist de alta
- Consigue tu certificado digital o Cl@ve.
- Identifica tu epígrafe del IAE.
- Presenta el modelo 036 en Hacienda antes de empezar.
- Date de alta en el RETA en Import@ss.
- Elige una base de cotización realista (usa el simulador).
- Revisa licencias o registros propios de tu actividad.
- Anota tus obligaciones trimestrales (IVA con el modelo 303 e IRPF con el modelo 130).
Con esto ya estás operativo. El siguiente paso lógico es entender qué gastos puedes deducir y cómo hacer una factura correctamente.